01/08/2026
INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTE ELECTRÓNICO EN OPERACIONES VIRTUALES (V1)
Muchas empresas de IMMEX operan con una falsa sensación de seguridad, creyendo que contar con la declaración de importación pagada y la factura es suficiente. Sin embargo, según la normativa vigente, el SAT (Servicio de Administración Tributaria de México) ya no exige documentos aislados; ahora busca prueba de la sustancia de la transacción y la trazabilidad de las mercancías, requiriendo comprobante del verdadero valor económico de la misma.
Hablemos específicamente de las transacciones virtuales (V1): cuando la autoridad tributaria inicia una auditoría y detecta la falta de la documentación de respaldo requerida, el impacto fiscal es devastador, al punto de que las mercancías se considerarán no devueltas o no exportadas. Esto significa que la empresa transferente se convierte automáticamente en responsable directa del pago de todos los impuestos omitidos y los cargos relacionados. Si la transacción involucró a un proveedor nacional, este estará obligado a reembolsar de inmediato cualquier IVA que haya sido reembolsado o acreditado
